Comunicado oficial del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS-CAS):

EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE DEL DEPORTE (CAS) DESESTIMA EL RECURSO DE NAIRO QUINTANA

Lausana, 3 de noviembre de 2022 - El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ha emitido hoy su decisión en el procedimiento de arbitraje entre el ciclista colombiano Nairo Quintana y la Unión Ciclista Internacional (UCI). El Panel del CAS a cargo del asunto ha desestimado la apelación y ha confirmado la decisión emitida por el Director Médico de la UCI el 17 de agosto de 2022 (la Decisión impugnada) en la que Nairo Quintana fue declarado culpable de haber infringido el Reglamento Médico de la UCI (presencia de tramadol en competencia) y fue sancionado con la descalificación por los resultados obtenidos en el Tour de Francia 2022 y una multa de CHF 5.000.

En julio de 2022, Nairo Quintana participó en el Tour de Francia finalizando 6º en la clasificación general. El análisis de laboratorio de las muestras de gotas de sangre seca proporcionadas por él tras las etapas del 8 y 13 de julio 2022 reveló la presencia de tramadol y sus dos metabolitos principales. El 17 de agosto de 2022, el Director Médico de la UCI emitió la Decisión Impugnada.

El 26 de agosto de 2022, Nairo Quintana interpuso recurso de casación ante el TAS solicitando la nulidad de la Impugnada decisión. El panel del CAS designado para decidir el asunto celebró una audiencia el 12 de octubre de 2022. Después de la audiencia, el Panel deliberó y determinó que la prohibición en competición de la UCI de
tramadol fue por razones médicas en lugar de dopaje y, por lo tanto, estaba dentro del poder de la UCI y su jurisdicción. Además, el Panel quedó satisfecho de que las pruebas científicas demostraban que las muestras de Nairo Quintana contenían tramadol y sus dos metabolitos.

Sobre esta base, el Panel concluyó que la Decisión impugnada debía mantenerse y desestimó el recurso de apelación.

El laudo completo con los fundamentos de la decisión del Panel se notificará a las partes en su momento.


Comunicado UCI sobre el caso de Nairo Quintana

Comunicado de la UCI sobre el laudo dictado por el Tribunal de Arbitraje Deportivo en el caso de Nairo Quintana

La Union Cycliste Internationale (UCI) acoge con satisfacción la decisión de hoy del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) que confirma la descalificación del ciclista colombiano Nairo Alexander Quintana Rojas del Tour de Francia 2022 por infringir la prohibición de uso de tramadol en competición.

Esta decisión refuerza la validez de la prohibición de tramadol en el Reglamento Médico de la UCI para proteger la salud y la seguridad de los corredores.

La UCI no hará más comentarios sobre este asunto.

Sobre la prohibición del tramadol

Desde el 1 de marzo de 2019, la UCI ha prohibido el uso de tramadol en competición en todas las disciplinas y categorías para proteger la salud y la seguridad de los ciclistas ante los efectos secundarios de esta sustancia.

Las muestras son recolectadas por la Agencia Internacional de Pruebas (ITA) utilizando el método de referencia Dried Blood Spots (DBS). Desarrollados por la empresa suiza DBS Systems, los kits de muestreo se utilizan para realizar esta prueba mínimamente invasiva, que consiste en extraer una pequeña cantidad de sangre de la yema del dedo del ciclista.

El análisis de las muestras se lleva a cabo de forma independiente en el Laboratorio de Farmacología Clínica y Toxicología de la Universidad de Ginebra, utilizando un método de revisión por pares para determinar la presencia o ausencia y la cantidad de tramadol y sus dos metabolitos principales. Luego, los resultados se envían al Centro de Investigación y Experiencia en Ciencias Antidopaje (RED) de la Universidad de Lausana para una revisión independiente final.

Los resultados finalmente se envían al Director Médico de la UCI, quien realiza la gestión de resultados de acuerdo con las Reglas Médicas de la UCI.

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